Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª La Dirección General de lo Contencioso
Art. 14
26 / 110En vigor desde 17 oct 2024
La Dirección General de lo Contencioso se integra por los siguientes órganos:
a) La Subdirección General de Coordinación y Apoyo de los Servicios Contenciosos.
b) La Abogacía del Estado ante el Tribunal de Cuentas.
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Proeli/es/rd/2024/10/15/1057#art-14