Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 10 oct 2024
No obstante lo dispuesto en el artículo 121 bis , para el año 2024 el plazo de presentación del informe recogido en dicho artículo finalizará el 31 de diciembre de 2024, inclusive. Se añade por el .22 del Real Decreto 1028/2024, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2024-20404

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eli/es/rd/2022/12/27/1047#disposicion-transitoria-unica

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