Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Controles en el FEADER no SIGC
Art. 107
En vigor desde 1 ene 2023
El control administrativo de la financiación a tipo fijo de la asistencia técnica consistirá en la verificación del cálculo y aplicación correcta del reembolso a tipo fijo.
En concreto, se comprobará que el gasto no vinculado a la asistencia técnica y que ha sido la base para el cálculo del reembolso se ha establecido correctamente y ha sido objeto de los controles administrativos correspondientes, que habrán puesto de manifiesto la legalidad y regularidad de dichos gastos, y la correcta aplicación del tipo fijo establecido.
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Proeli/es/rd/2022/12/27/1047#art-107