Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 2 ago 2007
La aprobación del proyecto de ejecución, autorización de explotación, modificación y cierre de las instalaciones, se regirán por lo preceptuado en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre procedimientos de autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, con las especificidades que resulten de las características propias del tipo de instalaciones que regula el presente real decreto.
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eli/es/rd/2007/07/20/1028#art-31

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