Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO III
Art. 89
DerogadoEn vigor desde 31 may 1984
No tolerará la menor relajación en las guardias, rondas y en el cumplimiento de sus demás obligaciones, a los Oficiales, Suboficiales y Clases de Marinería o Tropa.
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Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-89