Libro TRATADO TERCERO›Título TITULO XV›Secc. De la uniformidad y policía
Art. 473
En vigor desde 31 may 1984
En los actos académicos, sociales o religiosos, a los que el militar asista de uniforme, deberá usar el adecuado a la ceremonia de acuerdo con las correspondencias reglamentariamente establecidas.
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Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-473