Libro TRATADO SEGUNDOTítulo TITULO XSecc. Conceptos generales

Art. 365

Derogado
En vigor desde 31 may 1984
Las unidades de Infantería de Marina estarán siempre dispuestas para llevar a cabo acciones militares en la costa iniciadas en la mar, dentro del ámbito de la guerra anfibia, atenderán a la defensa y seguridad de las Zonas Marítimas; y formarán parte de las dotaciones de los buques, cuando así se disponga.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-365

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil