Libro TRATADO SEGUNDO›Título TITULO VII
Art. 243
DerogadoEn vigor desde 31 may 1984
La asignación y uso de viviendas, cámaras, comedores, camarotes, sollados y lugares de esparcimiento en las Unidades, Bases, Arsenales y Centros se efectuará de acuerdo con las normas en vigor que deberán constar en el Manual de Organización.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-243