Libro TRATADO PRIMERO›Título TITULO III
Art. 117
DerogadoEn vigor desde 31 may 1984
Recibirá y despedirá en el portalón a todo Oficial de empleo superior al suyo, y autoridades civiles que tengan anunciada su visita. Asimismo se presentarán y despedirán de él sus Oficiales y los de visita o comisión en el buque. En todo caso cumplirá las normas de cortesía, usos navales y costumbres tradicionales.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1984/05/23/1024#art-117