Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 16 jul 2009
Los Capítulos I y III del presente real decreto se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; el Capítulo II se dicta al amparo de los dispuesto en el artículo 149.1.21ª de la Constitución española, que atribuye al estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos de motor.
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Proeli/es/rd/2009/06/19/1013#disposicion-final-primera