Art. Artículo cuarto

En vigor desde 31 ene 2021
Las Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, quedan modificadas como sigue: Uno. En la tercera parte, («Cuentas anuales»), apartado I («Normas de elaboración de las cuentas anuales»), se modifica la letra c) del apartado 15 de la norma 5ª («Balance»), que queda redactada de la siguiente forma: «c) Cuando la entidad tenga elementos patrimoniales clasificados como «Activos no corrientes mantenidos para la venta» o como ‘‘Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta’’, cuyos cambios de valoración deban registrarse directamente en el patrimonio neto, se creará un epígrafe específico ‘‘Activos no corrientes y pasivos vinculados, mantenidos para la venta’’ dentro de la subagrupación A-2. ‘‘Ajustes por cambios de valor’’ del patrimonio neto del balance normal.» Dos. En la tercera parte, («Cuentas anuales»), apartado I («Normas de elaboración de las cuentas anuales»), se modifica la letra k) del apartado 1 de la norma 6.ª («Cuenta de resultados»), que queda redactada de la siguiente forma: «k) En la partida 15.a) ‘‘Variación de valor razonable en instrumentos financieros. Valor razonable con cambios en la cuenta de resultados’’ se reflejarán los cambios en el valor razonable de los instrumentos financieros incluidos en las categorías de ‘‘Activos (pasivos) financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias’’ en los términos recogidos en la norma de registro y valoración relativa a instrumentos financieros, pudiendo imputarse el importe de los intereses devengados así como el de los dividendos devengados a cobrar, en las partidas que corresponda, según su naturaleza.» Tres. En la tercera parte, («Cuentas anuales»), apartado II («Modelos normales de cuentas anuales»), la subagrupación A-2) («Ajustes por cambio de valor») de la agrupación A) («Patrimonio neto»), del modelo normal de Balance queda redactada de la siguiente forma: «A-2) Ajustes por cambio de valor. I. Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. II. Operaciones de cobertura. III. Otros.» Cuatro. En la tercera parte, («Cuentas anuales»), apartado II («Modelos normales de cuentas anuales»), la partida 15 («Variación de valor razonable en instrumentos financieros») del modelo normal de la Cuenta de resultados se desglosa como sigue: «15. Variación de valor razonable en instrumentos financieros. a) Valor razonable con cambios en la cuenta de resultados b) Transferencia de ajustes de valor razonable con cambios en el patrimonio neto.»
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