Art. 1
En vigor desde 10 may 2019
1. La Comisión Permanente de Selección es el órgano colegiado encargado de la realización de los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Gestión de la Administración Civil del Estado, de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, General Administrativo de la Administración del Estado, Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y General Auxiliar de la Administración del Estado.
2. Igualmente, se le podrá encomendar, previo acuerdo con el correspondiente Departamento u organismo, la selección del personal de otros Cuerpos o Escalas.
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Proeli/es/o/2019/04/30/tfp516#art-1