Capítulo CAPÍTULO II
Art. 18
En vigor desde 6 ago 2020
Las convocatorias que se establezcan al amparo de las presentes bases deberán contemplar plazos máximos para la justificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.1.
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Proeli/es/o/2020/08/03/ted765#art-18