Art. 1

En vigor desde 26 jun 2026
En el marco del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética (en adelante, SNOEE) y de las medidas de eficiencia energética alternativas (en adelante, medidas alternativas), esta orden tiene como objeto establecer el concepto de «empresa de gran consumo de energía del sector industrial» y regular las condiciones que deben cumplir las actuaciones de eficiencia energética basadas en tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles con la finalidad de contabilizar, hasta el 31 de diciembre de 2030, ahorros de energía final.
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eli/es/o/2026/06/23/ted635#art-1

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