Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 21 nov 2020
La financiación de estas ayudas se imputará a las aplicaciones que para cada año se determinen en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado y se especificarán en cada convocatoria. Con carácter previo a la convocatoria, se tramitará el expediente de autorización de gasto, conforme establece el artículo 34.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Proeli/es/o/2020/11/11/ted1079#art-2