Art. 9

En vigor desde 15 may 2007
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Las resoluciones de las solicitudes de modificación se dictarán por la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2007/04/26/tas1303#art-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil