Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 15 may 2007
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Las resoluciones de las solicitudes de modificación se dictarán por la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales.
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eli/es/o/2007/04/26/tas1303#art-9