Capítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 1 jun 2020
Lo previsto en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo; en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, así como en el resto de órdenes e instrucciones aprobadas en desarrollo o aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, será de aplicación a las unidades territoriales de la fase 3 del Plan para la transición hacia la nueva normalidad en todo aquello que no se oponga o contradiga a lo establecido en la presente orden.
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eli/es/o/2020/05/30/snd458#disposicion-adicional-segunda

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