Título TÍTULO VII

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 21 dic 2019
Si, como consecuencia de la aplicación de las distintas mayorías para la válida constitución de los órganos, para la adopción de acuerdos o cualesquiera otras análogas, resultara una cifra con decimales, se redondeará a la unidad entera inferior cuando la fracción sea menor o igual a 0,5 y a la unidad entera superior cuando la fracción sea mayor a 0,5.
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eli/es/o/2019/12/18/scb1240#disposicion-adicional-quinta

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