Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 104

En vigor desde 21 dic 2019
La modalidad de lotería denominada «juego activo de la ONCE» está definida por las siguientes características principales: a) El comprador puede diseñar la combinación que quiere jugar, optar por una combinación generada automáticamente o elegir un boleto preimpreso o una combinación ya existente, de acuerdo con lo que se especifique para cada producto en el reglamento regulador correspondiente. b) La emisión es variable y queda determinada por el volumen de combinaciones vendidas en cada producto o sorteo. c) En un mismo producto o sorteo pueden existir dos o más combinaciones iguales. d) El resultado del juego se obtiene a través de un sorteo. e) Los premios pueden ser variables en función de la recaudación obtenida y del número de combinaciones agraciadas, fijos en función de las probabilidades de acierto, o una parte fijos y otra variable.
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eli/es/o/2019/12/18/scb1240#art-104

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