Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 4.ª Procedimiento de acreditación

Art. 89

En vigor desde 26 sept 2007
Las solicitudes de acreditación de laboratorio se presentarán en los impresos establecidos al efecto, que estarán publicados en la dirección electrónica del Organismo de Certificación (http://www.oc.ccn.cni.es).
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eli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-89

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