Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Criterios de acreditación

Art. 86

En vigor desde 26 sept 2007
Para aquellos casos que lo requieran, los criterios generales mencionados podrán ser completados o precisados por otros complementarios de carácter técnico, específicos para cada tipo de producto a evaluar, criterios, métodos y normas de evaluación de cada acreditación, o modificación del alcance de la solicitada, recogidos y publicados en los correspondientes documentos del Organismo de Certificación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-86

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil