Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 4.ª Procedimiento de certificación
Art. 120
En vigor desde 26 sept 2007
Las solicitudes de certificación de la seguridad de productos o sistemas de Tecnologías de la Información se presentarán en los impresos establecidos al efecto, que estarán publicados en la dirección electrónica del Organismo de Certificación (http://www.oc.ccn.cni.es).
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-120