Art. 120
Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Procedimiento de certificación

Art. 120

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En vigor desde 26 sept 2007
Las solicitudes de certificación de la seguridad de productos o sistemas de Tecnologías de la Información se presentarán en los impresos establecidos al efecto, que estarán publicados en la dirección electrónica del Organismo de Certificación (http://www.oc.ccn.cni.es).
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