Art. Primero
En vigor desde 31 ene 2023
La Comisión Nacional del Chopo tiene la naturaleza de órgano colegiado interministerial, adscrito a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con la composición y funcionamiento que se determina a continuación.
Se modifica por el art. único.1 de la Orden PCM/71/2023, de 25 de enero. Ref. BOE-A-2023-2296 Se modifica por el art. único.1 de la Orden PRE/845/2013, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2013-5167 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2005/06/17/pre1874#primero