Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 59
En vigor desde 14 abr 2021
1. Serán competentes para imponer sanciones disciplinarias sobre los alumnos que no tengan adquirida la condición de Guardia Civil, las autoridades y mandos que se contemplan en el artículo 31 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre.
2. Para los alumnos que ya hubieran adquirido la condición de Guardia Civil, serán competentes para imponer sanciones disciplinarias las autoridades y mandos que se contemplan en los artículos 28 a 30 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, para los guardias civiles que se encuentren en cualquiera de las situaciones administrativas en que se mantengan los derechos y obligaciones inherentes a la condición de Guardia Civil.
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Proeli/es/o/2021/01/11/pcm6#art-59