Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 25

En vigor desde 14 abr 2021
Al Departamento de Instrucción y Adiestramiento le corresponderán, además de las funciones descritas en el artículo anterior que le resulten aplicables, las siguientes: a) Proponer la programación, y realizar el seguimiento, evaluación y control de la formación del alumnado realizada en unidades, centros y órganos de la Guardia Civil o en instituciones. b) Elaborar un informe sobre las experiencias recogidas durante las prácticas que se realicen dentro del departamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2021/01/11/pcm6#art-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil