Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

En vigor desde 11 jun 2021
1. El alumnado permanecerá en el centro docente de formación siempre que progrese en el correspondiente plan de estudios, o permanezca en un curso o periodo por no reunir las condiciones para pasar al periodo o curso siguiente. 2. El alumnado causará baja en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil por las causas, motivos y circunstancias señaladas en el régimen del alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil.
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eli/es/o/2021/06/09/pcm577#art-26

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