Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 31 dic 2021
Los centros docentes que tuvieran acreditada alguna certificación de calidad oficialmente reconocida, seguirán manteniendo dicha acreditación hasta su renovación de acuerdo con la normativa que regule tal certificación.
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eli/es/o/2021/12/29/pcm1483#disposicion-transitoria-unica

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