Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Criterios técnicos para la valoración de daños en la calidad del agua

Art. 17

En vigor desde 30 ene 2008
El valor del coeficiente relacionado con la reversibilidad del impacto será el expuesto en la Tabla 3 del Anexo I.
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eli/es/o/2008/01/16/mam85#art-17

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