Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 ene 2007
El valor neto reconocido a los elementos de inmovilizado con retribución reconocida existentes a 31 de diciembre de 2006 se establece en el anexo V. A partir del 1 de enero de 2007, el valor de la tasa financiera de retribución para las instalaciones puestas en servicio con anterioridad al 1 de enero de 2007 se fija en 7,21 % para toda la vida útil de la instalación. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 46, de 22 de febrero de 2007. Ref. BOE-A-2007-3694 .
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eli/es/o/2006/12/29/itc3994#disposicion-adicional-primera

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