Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 13 abr 2011
Los saldos de la cuenta en régimen de depósito abierta por la Comisión Nacional de Energía destinada a la realización de planes de mejora de calidad de servicio con cargo a la tarifa de 2006, correspondientes a la liquidaciones pendientes de obras incluidas en Planes aprobados que a 31 de marzo de 2011 no hayan presentado ante la Dirección General de Política Energética y Minas la certificación de la realización de la obra y su correspondiente acta de puesta en marcha, pasarán a incorporarse como ingresos de actividades reguladas correspondientes al año 2011.
Se corrigen errores por el apartado 9 de la Orden ITC/619/2011, de 18 de marzo. Ref. BOE-A-2011-5334 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2010/12/28/itc3353#disposicion-adicional-primera