Art. 4

En vigor desde 4 ago 2024
El uso del uniforme en el caso de las personas que desempeñen las Direcciones, Gerencias, Subdirecciones o Administración de los establecimientos penitenciarios, será opcional en función de la actividad que vayan a desarrollar.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2024/07/30/int818#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil