Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 18 mar 2010
Hasta tanto se publique la dirección de la sede electrónica a que se hace referencia en el artículo 5, los interesados en acceder al Registro Electrónico de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía), deberán hacerlo a través de la dirección electrónica https://sede.policia.gob.es. Se modifica por la disposición final 4 de la Orden INT/649/2010, de 12 de marzo. Ref. BOE-A-2010-4443 .

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eli/es/o/2009/12/29/int3516#disposicion-transitoria-unica

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