Art. 4
En vigor desde 8 ago 2019
1. El plan de difusión requerido para la declaración de fiesta de interés turístico nacional deberá contar con al menos un 10% del total de la financiación de la fiesta.
2. Además, dicho plan de difusión deberá incluir las siguientes acciones promocionales:
a) Deben haberse realizado al menos veinte impactos o repercusiones relevantes en prensa y medios de comunicación on line y off line , así como en medios de radio y televisión.
Dichos medios han de ser de difusión nacional, no admitiéndose medios regionales, locales ni nacionales en su edición autonómica. El contenido de tales actuaciones de difusión ha de ser relevante, en cuanto a su extensión y descripción del evento. No se admite una mera mención o referencia a la localidad sin un tratamiento específico de la fiesta.
b) Estas acciones promocionales relevantes han de tener una antigüedad máxima de cinco años.
c) A dichas acciones promocionales relevantes se han de añadir las siguientes relacionadas con la presencia en internet:
1.º Disponer de una página web propia, la cual será considerada la página web oficial de la fiesta. Se valorará especialmente que la página web, bien esté asociada a un dominio de internet propio relacionado con la fiesta o bien tenga un alojamiento dentro de la página web de una entidad pública con competencia turística local, regional o autonómica.
En el informe de solicitud deberán figurar los parámetros relativos al tráfico de la fiesta dentro del sitio web durante el último año, entre los cuales debe figurar al menos el número de visitas, visitantes totales o duración media de la visita.
Esta página web ha de cumplir los requisitos de prioridad 2 (equivalente a nivel AA) según la norma UNE 139803:2012.
Se valorará especialmente la aportación de informe de accesibilidad con la verificación del grado de cumplimiento de estos requisitos.
Igualmente, se valorará que la página web oficial de la fiesta sea adaptable con el fin de que se pueda visualizar correctamente en distintos dispositivos de usuario (teléfonos inteligentes, tabletas, etc.).
La página web de la fiesta ha de tener todo su contenido disponible, en castellano y en inglés, además de en la legua cooficial de la comunidad autónoma, en su caso. Asimismo, la página web ha de tener contenido actualizado sobre los siguientes asuntos:
a) Información general sobre la fiesta: historia, origen y antigüedad, fechas y lugares de celebración, descripción detallada de los actos que la componen, valor cultural y significación de la fiesta.
b) Información sobre alojamientos y servicios turísticos en un radio de cincuenta kilómetros.
c) Información sobre cómo llegar a la localización donde tiene lugar la fiesta.
d) Información acerca de los eventos y asociaciones relacionados con la fiesta.
e) Contenido multimedia de la fiesta: fotografías y vídeos.
f) Foro y comunidad virtual donde los potenciales asistentes puedan interactuar.
g) Enlaces al contenido relacionado fuera de la propia web, entre los cuales han de estar los enlaces a las comunidades virtuales en redes sociales y contenidos en las enciclopedias virtuales abiertas (wikis) que correspondan a la fiesta.
2.º Se aportará un informe de posicionamiento en buscadores de internet (informe SEO) de la web de la fiesta, en el que figure, al menos, el número de enlaces directos y el de dominios que tienen enlaces a la misma, así como el tráfico de búsquedas dirigidas a la web y la lista de las palabras clave más utilizadas en dichas búsquedas.
3.º Se valorará que la fiesta cuente con perfiles en alguna de las redes sociales más utilizadas.
Al efecto de valorar el impacto de dichos perfiles, se presentará un informe con el número de seguidores del perfil, el número de actualizaciones en el último año, así como cualquier indicador de impacto disponible asociado a cada red social que permita valorar el interés que despierta.
También se valorará la disponibilidad de perfiles sociales en varios idiomas, especialmente en inglés, además de en la legua cooficial de la comunidad autónoma, en su caso.
3. En el plan de difusión también se valorarán positivamente los siguientes aspectos:
a) Que la difusión contemple países afines a nuestros actuales emisores turísticos, teniendo en cuenta los planes de marketing o de turismo de cada comunidad autónoma, en el caso de las fiestas de interés turístico nacional, o que sean países prioritarios en los planes de marketing del Instituto de Turismo de España O.A, en el caso de las fiestas de interés turístico internacional.
b) Que la fiesta se adecúe a hábitos y motivaciones afines al perfil turístico definido en los planes de marketing de cada comunidad autónoma y del Instituto de Turismo de España O.A, para las fiestas de interés turístico nacional e internacional, respectivamente.
c) Que la duración y el ámbito de la fiesta propicie estancias de larga duración y con hábitos que generen la máxima rentabilidad turística de la zona.
d) Que el turismo generado con la fiesta propicie hábitos de conducta saludables y refleje una imagen positiva y atractiva del país, favoreciendo un turismo sostenible.
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Proeli/es/o/2019/07/25/ict851#art-4