Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Eliminaciones›§ Subsección 1.ª Eliminación inversión-patrimonio neto
Art. 19
En vigor desde 1 ene 2022
1. La eliminación inversión-patrimonio neto es la compensación de los valores contables representativos de los instrumentos de patrimonio de las entidades dependientes que posea, directa o indirectamente, la entidad dominante, con la parte proporcional de las partidas de patrimonio neto de las mencionadas entidades dependientes atribuible a dichas participaciones, en la fecha de su adquisición.
2. Se entiende como fecha de adquisición aquélla en la que la entidad dominante obtiene el control de la dependiente.
3. No obstante lo establecido en el apartado anterior, podrá considerarse que se produce la incorporación de una entidad al grupo en la fecha de comienzo del primer ejercicio en que la entidad dominante estuviera obligada a formular cuentas consolidadas o en que las formulara voluntariamente, siempre que cualquiera de esas fechas sea posterior a la de la efectiva incorporación al grupo. Cuando un grupo se acoja a lo dispuesto en este apartado será de aplicación a todas las entidades dependientes.
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Proeli/es/o/2021/07/09/hac836#art-19