Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Homogeneización previa

Art. 17

En vigor desde 1 ene 2022
Deberán realizarse las reclasificaciones necesarias en la estructura de las cuentas anuales de las entidades del grupo, para que ésta coincida con la de las cuentas anuales consolidadas.
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eli/es/o/2021/07/09/hac836#art-17

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