Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO 3

Art. Regla 50

En vigor desde 6 jun 2002
La obtención de información se podrá efectuar tanto de forma centralizada como descentralizada, de acuerdo con los niveles de acceso a los datos del sistema que correspondan a cada una de las oficinas contables que lo integran.
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eli/es/o/2002/05/23/hac1300#regla-50

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