Título TÍTULO VIII
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 11 feb 2015
Queda derogada parcialmente la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material, en concreto los artículos 3 y 4 del título I, el título II, el título III, el título IV, los artículos 15, 16, 18 y 19 del título V, y el título VII, así como las disposiciones adicionales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/02/06/fom167#disposicion-derogatoria-unica