Art. 10
En vigor desde 6 ene 2021
Para todos aquellos aspectos no previstos expresamente en la presente Orden Ministerial, se remite a las normas generales sobre los órganos colegiados recogidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/o/2020/12/29/etd1305#art-10