Art. 2
En vigor desde 15 mar 2009
El informe que las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma presentarán junto con sus cuentas anuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 129.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, deberá contener la siguiente información, que se desarrolla en los artículos siguientes:
a) Información de carácter presupuestario.
b) Información relativa a la ejecución de los contratos-programa previstos en el artículo 68 de la Ley General Presupuestaria y su grado de cumplimiento.
c) Información relativa al cumplimiento de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y otra normativa en materia de procedimientos de contratación.
d) Información relativa al cumplimiento de los principios que en materia de personal y disposición de fondos han de cumplir las entidades del sector público fundacional.
e) Información sobre garantías recibidas o concedidas a otras entidades del sector público estatal.
f) Información sobre personal.
g) Información sobre la Comisión de Auditoría y Control.
h) Otra información.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2009/03/03/eha614#art-2