Art. 7

En vigor desde 15 mar 2009
En relación con las garantías recibidas o concedidas, las entidades deberán suministrar la siguiente información: a) Tipo de garantía. b) Causa de la garantía. c) Importe garantizado. d) Entidad que presta o a la que se presta la garantía.
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eli/es/o/2009/03/03/eha614#art-7

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