Art. Octavo
En vigor desde 17 oct 2004
La presente Orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable por primera vez a las informaciones semestrales que deban presentarse a partir del 30 de junio de 2005.
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Proeli/es/o/2004/09/15/eha3050#octavo