Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 22
En vigor desde 22 jul 2023
1. En la modalidad a distancia, las sesiones de cada materia podrán realizarse telemáticamente o de forma presencial y de manera individual o colectiva, teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:
a) Por cada materia se programará una sesión colectiva semanal presencial. Al principio de cada trimestre, habrá una sesión de tutoría colectiva de programación; a mediados del trimestre, una de seguimiento; y, al final del trimestre, una de preparación de la evaluación. Las restantes sesiones colectivas estarán orientadas al apoyo al aprendizaje en cada materia, según un programa de actividades que el profesorado establecerá y dará a conocer al alumnado al comienzo del curso.
b) Además, el profesor o profesora de cada materia dedicará dos horas lectivas semanales a sesiones individuales en el caso de las materias que tienen asignadas, al menos, tres horas semanales en el régimen ordinario del Bachillerato; y una hora lectiva semanal, en el caso de materias a las que corresponden menos de tres horas semanales.
c) A principios de curso se hará público un calendario en el que se especificarán la fecha y hora de las sesiones individuales y colectivas de cada materia; el programa de actividades de estas últimas; el calendario de las evaluaciones, y cuanta otra información pudiera ser de interés general para el alumnado.
d) El horario de sesiones colectivas e individuales abarcará todos los días lectivos, procurando que las sesiones de un mismo grupo y modalidad se concentren en el menor número de días posible para facilitar la asistencia del alumnado.
e) Las sesiones colectivas tendrán un horario fijo, que será conocido por todo el alumnado. Estas sesiones tendrán una duración de cincuenta y cinco minutos. Tendrán carácter voluntario para el alumnado.
f) El alumnado que no pueda asistir a las sesiones colectivas deberá informar de ello a su profesor o profesora al comienzo del curso y podrá acogerse a distintos tipos de atención individual –telefónica, telemática o presencial– en función de sus posibilidades.
g) La jefatura de estudios confeccionará, de acuerdo con los criterios pedagógicos establecidos en la programación general anual, el horario general de sesiones de las materias, teniendo en cuenta la disponibilidad de aulas y de profesorado, y el número de grupos.
2. En la modalidad a distancia virtual no se contemplará la atención presencial. Por tanto, en el plan de trabajo se incluirán actividades de autoaprendizaje del alumnado y atención tutorial virtual.
La atención al alumnado se desarrollará conforme lo establezca el CIDEAD, a través del CIERD, con las herramientas de comunicación disponibles para la atención individual y colectiva.
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Proeli/es/o/2023/07/19/efp824#art-22