Art. 9

En vigor desde 21 jul 2007
1. Las áreas de la Educación primaria que se imparten en todos los ciclos de esta etapa son las siguientes: Conocimiento del medio natural, social y cultural. Educación artística. Educación física. Lengua castellana y literatura. Lengua extranjera. Matemáticas. 2. En el primer curso del tercer ciclo, a las áreas incluidas en el apartado anterior se incorporará el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres. 3. En el tercer ciclo de la etapa, los centros podrán ofrecer una segunda lengua extranjera de acuerdo con lo que a tal efecto se establezca. 4. La organización en áreas se entenderá sin perjuicio del carácter global de la etapa, dada la necesidad de integrar las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado en estas edades.
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eli/es/o/2007/07/12/eci2211#art-9

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