Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 22 feb 2018
Todas las referencias para las que en esta orden se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres. Se numera por el art. único.7 de la Orden ECD/144/2018, de 19 de febrero. Ref. BOE-A-2018-2401 Su anterior denominación era disposición adicional única.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2015/04/22/ecd724#disposicion-adicional-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil