Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.ª Objetividad de la evaluación continua

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 10 jul 2015
1. Para el comienzo del curso 2015-2016 los centros elaborarán, de acuerdo con lo dispuesto en esta orden, la propuesta pedagógica correspondiente a los cursos primero, y tercero de Educación Secundaria Obligatoria y primero de Bachillerato. 2. Para el comienzo del curso 2016-2017 los centros elaborarán, de acuerdo con lo dispuesto en esta orden, la propuesta pedagógica de los cursos segundo y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria y segundo de Bachillerato. 3. De manera excepcional, para el curso 2015-2016 la presentación de la oferta formativa se realizará antes del 1 de septiembre de 2015.
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eli/es/o/2015/07/03/ecd1361#disposicion-transitoria-primera

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