Art. Primera
En vigor desde 7 abr 2012
El ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina se podrá efectuar de alguna de las siguientes formas:
a) Directo. Con y sin exigencia de un título de técnico superior.
b) Promoción. Con y sin exigencia de un título de técnico superior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2011/03/31/def780#primera