Art. Primero

En vigor desde 15 mar 2003
1. La Escuela Militar de Idiomas mantendrá su actual denominación. 2. La presente Orden Ministerial tiene por objeto establecer la dependencia orgánica, funciones y estructura de la Escuela Militar de Idiomas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2003/03/04/def538#primero

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil