Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 15 mar 2003
Tanto la enseñanza como la evaluación del conocimiento técnico de un idioma, por ser específico de los cometidos de cada Ejército, será competencia de éstos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2003/03/04/def538#disposicion-adicional-tercera

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil